¿Qué es una D.O.?, y ¿una D.O.Ca?, y ¿un Vino de Pago?

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El término D.O. (Denominación de Origen) o D.O.Ca. (Denominación de Origen Calificada) garantizan que un vino está certificado por un Consejo Regulador, y que cumple elevados niveles de calidad.

En la actualidad las D.O. han pasado a denominarse D.O.P. (Denominación de Origen Protegida).

Clasifiación:

- Vinos con Denominación de Origen Protegida (D.O.P.): Son vinos procedentes de un área de producción delimitada y con una elaboración reglamentada por un Consejo Regulador.

Tienen que cumplir con los siguientes requisitos legales:
  • Deben ser elaborados con uvas procedentes del área de producción delimitada.
  • Deben tener un elevado prestigio comercialmente.
  • Su calidad y características se deberán, fundamentalmente, al medio geográfico en el que están ubicadas.
  • Y deben haber transcurrido, al menos, 10 años desde su reconocimiento previo como vinos con "Indicación Geográfica Protegida" (I.G.P.).
- Vinos con Denominación de Origen Calificada (D.O.Ca) : La categoría "Vinos con Denominación de Origen Calificada" (DOCa) está reservada a aquellos que hayan alcanzado altas cotas de calidad durante un dilatado periodo de tiempo. En la actualidad, en España, contamos sólo con 2 D.O.Ca. La primera en conseguirlo fue Rioja, en abril de 1991, y la segunda, en el año 2000 fue concedida a Priorat. Una DOCa con muchos controles y que escoge muy bien los terrenos con mejores condiciones para el cultivo de la vid.

Tienen de cumplir los siguientes requisitos legales:

  • Deben haber transcurrido, al menos, 10 años desde su reconocimiento como "Denominación de Origen Protegida" (D.O.P.).
  • Todo el vino elaborado debe ser comercializado desde bodegas inscritas y ubicadas en el área geográfica delimitada.
  • Deben de contar con un sistema de control desde la producción hasta la comercialización respecto a calidad y cantidad, con un volumen limitado.
  • En una misma bodega no pueden coexistir vinos sin la DOCa, excepto los Vinos de Pago Calificados ubicados en su misma área delimitada.
  • Los terrenos aptos para el cultivo de las viñas han de disponer de una delimitación cartográfica, por municipios.
- Vinos de Pago. Son vinos de una Denominación de Origen Protegida que garantizan que la procedencia de las uvas y los vinos son de un "pago" determinado. Se producen en una zona muy determinada, con unas características de suelo, clima y variedades muy específicas y que hacen que estos vinos sean únicos y diferenciados.

Además si la totalidad del pago se encuentra incluida en una Denominación de Origen Calificada, podrá recibir el nombre de "Vino de Pago Calificado".

... En otro post trataremos los Vinos con "Indicación Geográfica Protegida" (I.G.P.), y los Vinos de Mesa.